Acceso al establecimiento y ejercicio del derecho de admisión
El acceso a las instalaciones del hotel es de carácter público. No obstante, la entrada y permanencia en el establecimiento estarán condicionadas al cumplimiento de la normativa legal vigente, de las presentes normas internas y de las reglas básicas de convivencia, respeto, seguridad, higiene y salubridad.
El hotel no asume responsabilidad alguna por los objetos, sustancias, materiales o efectos personales que los huéspedes introduzcan en sus habitaciones o en cualquier otra dependencia del establecimiento, dado que, conforme a la legislación aplicable, no está autorizado a inspeccionar ni revisar el equipaje o pertenencias de los clientes.
La Dirección del hotel se reserva el derecho de admisión y permanencia, pudiendo denegar el acceso o requerir el abandono inmediato de las instalaciones a aquellas personas que incumplan las normas establecidas o cuya conducta pueda alterar el normal funcionamiento del establecimiento.
Causas de denegación de acceso o expulsión del establecimiento
Podrá denegarse la entrada o acordarse la expulsión de cualquier persona cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Cuando el establecimiento haya alcanzado su capacidad máxima autorizada.
- Cuando no se efectúe el pago de los servicios contratados o de las tarifas correspondientes.
- Cuando se manifiesten conductas violentas, agresivas o intimidatorias.
- Cuando se porten armas, objetos peligrosos o susceptibles de ser utilizados como tales, salvo en el caso de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debidamente acreditados y en el ejercicio de sus funciones.
- Cuando se exhiban prendas, símbolos o mensajes que promuevan la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación.
- Cuando se generen situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad o el bienestar de clientes, visitantes o empleados.
- Cuando existan signos evidentes de encontrarse bajo los efectos de alcohol, drogas u otras sustancias estupefacientes que alteren el comportamiento normal.
- Cuando se produzcan faltas de respeto, amenazas, insultos o comportamientos ofensivos hacia el personal del hotel o hacia otros usuarios.
- Cuando se ocasionen ruidos, molestias o alteraciones que perturben el descanso o la tranquilidad de otros huéspedes.
- Cuando se incumplan las normas de higiene, limpieza o salubridad establecidas por el hotel.
- Cuando se infrinjan las medidas de prevención y control de enfermedades transmisibles exigidas por la normativa vigente o por el establecimiento.
- Cuando se desarrollen conductas que perturben la convivencia o el disfrute normal de las instalaciones por parte de otros clientes.
- Cuando se realicen actos discriminatorios contra huéspedes, visitantes o trabajadores del hotel.
- Cuando se haga uso indebido de los servicios e instalaciones del establecimiento.
- Cuando se retiren bienes, equipamiento o cualquier otro objeto propiedad del hotel sin autorización expresa.
- Cuando se ocasionen daños, desperfectos o deterioros en las instalaciones, mobiliario, equipos o servicios del establecimiento.
- Cuando se acceda al establecimiento acompañado de animales domésticos no autorizados, con excepción de los perros guía o de asistencia legalmente reconocidos, salvo autorización expresa de la Dirección.
La adopción de cualquiera de estas medidas se realizará con pleno respeto a la legislación vigente y a los derechos de los clientes, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder en cada caso.